El proyecto establece que el Estado debe proporcionar un abogado defensor a toda persona acusada de un delito que no tenga uno particular, a más tardar en la primera audiencia ante un juez. Además, fortalece la protección de derechos al exigir que se advierta expresamente al acusado sobre su derecho a guardar silencio y las consecuencias de renunciarlo, mediante una fórmula clara y fácil de entender.
La Constitución reconoce el derecho irrenunciable de todo acusado a contar con defensa legal, pero no especificaba cuándo el Estado debe cumplir esa obligación. Este proyecto cierra ese vacío legal, garantizando que nadie enfrente un proceso penal sin abogado desde el momento de la primera audiencia. También busca proteger a los acusados que declaren sin abogado antes de esa audiencia, asegurando que entiendan claramente que pueden guardar silencio y que sus palabras pueden usarse en su contra.
Generado el 8 jul 2026
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