El proyecto clarifica que cuando una empresa constructora termina un proyecto habitacional y la municipalidad lo recibe, los terrenos cedidos para equipamientos (como plazas, parques, centros comunitarios) pasan automáticamente a ser propiedad municipal. Además, permite que estos terrenos se inscriban en el Conservador de Bienes Raíces a nombre del municipio usando el certificado de recepción como documento de traspaso.
Actualmente existe confusión legal sobre quién es dueño de los terrenos para equipamiento en proyectos habitacionales, lo que dificulta que las municipalidades los inscriban formalmente y los administren. Esta modificación resuelve ese problema estableciendo claramente que pasan a ser municipales al momento de la recepción de la obra, facilitando su gestión y uso público. También protege a las comunidades asegurando que estos espacios sean efectivamente de uso público y no queden en manos privadas.
Generado el 8 jul 2026
No fue posible generar este resumen — reintentando automáticamente.