Chile y Ecuador acuerdan reconocer mutuamente las cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores, permitiendo que quienes trabajen en ambos países puedan sumar esos períodos para acceder a pensiones sin perder derechos, y que reciban sus pensiones en cualquiera de los dos países sin restricciones de residencia.
Los trabajadores que se desplazan entre países pierden continuidad en sus derechos previsionales. Este convenio resuelve ese problema permitiendo que las cotizaciones en un país se sumen a las del otro para calcular pensiones, y que los beneficiarios reciban sus pensiones en el extranjero sin reducciones ni exigencias de residencia. Esto protege el esfuerzo laboral e impositivo de trabajadores migrantes y asegura que accedan a beneficios de seguridad social en igualdad de condiciones que los nacionales.
Generado el 8 jul 2026
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