Chile aprueba un acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para establecer una oficina permanente en Santiago. El acuerdo define los derechos, inmunidades y facilidades que tendrán la oficina y su personal para funcionar en el país, similar a como operan las representaciones diplomáticas.
La OIT ya operaba en Chile desde 1961 a través de una oficina de enlace, pero sin un marco legal claro. Este acuerdo formaliza su presencia permanente, permitiendo que la organización internacional trabaje en temas de empleo, derechos laborales y políticas sociales en la región. Establece reglas claras sobre inmunidades y privilegios para que la OIT funcione de manera independiente, similar a otras organizaciones internacionales, mientras se asegura que colabore con las autoridades chilenas en asuntos de justicia y seguridad.
Generado el 8 jul 2026
No fue posible generar este resumen — reintentando automáticamente.