El proyecto suspende los plazos legales que deben cumplir las federaciones deportivas nacionales y sociedades anónimas deportivas durante un estado de excepción constitucional (como una pandemia o catástrofe). Una vez que termine la emergencia, las federaciones tendrán 90 días para cumplir con sus obligaciones pendientes, como elecciones de directorio, balances anuales y asambleas.
Durante emergencias sanitarias o catástrofes, las federaciones deportivas no pueden realizar sus actividades normales ni cumplir con obligaciones legales como asambleas, auditorías y elecciones de directorio. Sin esta suspensión de plazos, las federaciones podrían ser sancionadas (suspensión de registro, procesos de supervisión, vacancia de cargos) por incumplimientos que no son su responsabilidad. La medida busca evitar que la emergencia paralice administrativamente a las organizaciones deportivas y permita que continúen funcionando cuando la crisis termine.
Generado el 8 jul 2026
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