El proyecto establece nuevas protecciones para artistas visuales de imagen fija (pintores, fotógrafos, escultores, etc.). Principalmente, reforma el derecho de participación en reventas de obras de arte: en lugar de calcular sobre la ganancia (como hoy), los artistas recibirían el 5% del precio total de cualquier reventa, descontados impuestos. También amplía este derecho a los herederos del artista y lo hace exigible en subastas, comercios y transacciones con intermediarios. Además, limita los derechos del comprador de una obra única y restringe la venta comercial de reproducciones de obras en espacios públicos.
Actualmente, el derecho de participación en reventas de obras de arte en Chile es prácticamente inaplicable: requiere que el artista pruebe el precio de venta inicial y la ganancia, datos que rara vez están disponibles. Por eso, en más de 45 años, casi nunca se ha cobrado. Esto contrasta con legislaciones europeas (Francia, España, Alemania) donde el derecho funciona efectivamente. El proyecto busca que los artistas se beneficien económicamente cuando sus obras aumentan de valor en el mercado, especialmente después de que su reputación crece. Esto reconoce que el valor artístico es único y que los artistas frecuentemente venden sus obras a bajo precio inicialmente, mientras que intermediarios y coleccionistas se lucran con aumentos posteriores. La reforma también busca que Chile cumpla con el Convenio de Berna (tratado internacional de derechos de autor del cual es parte) y que los artistas chilenos puedan reclamar derechos similares en el extranjero.
Generado el 8 jul 2026
Generado el 8 jul 2026