BOL. 12833-09ArchivadoAgua y Recursos HídricosProtección del ConsumidorServicios Públicos
Proyecto de ley que iguala las sanciones por interrupción injustificada de los servicios eléctrico y sanitario.
Origen: Moción parlamentaria Ingreso 7 ago 2019 Última actividad Hace 4 años Actualmente en: Senado de la Republica Etapa actual: Primer trámite
En simple
Resumen del proyecto
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Qué propone
El proyecto aumenta las sanciones para las empresas de agua potable que interrumpan injustificadamente el servicio, igualándolas a las que ya existen para las empresas de electricidad. Busca que ambos servicios tengan castigos similares cuando afecten gravemente la salud o a la mayoría de los usuarios.
A quién afecta
Usuarios de agua potable
Empresas prestadoras de servicios sanitarios
Población en general
Por qué importa
El agua potable es un servicio vital para la salud y la vida, pero actualmente sus sanciones por interrupción injustificada son mucho menores que las del servicio eléctrico. Esta desigualdad permite que las empresas de agua enfrenten castigos más leves por faltas graves. Equiparar las sanciones busca garantizar que ambos servicios esenciales sean protegidos con igual rigor, desincentivando interrupciones que pongan en riesgo la salud pública.
Principales objeciones
Posible aumento de costos operacionales para las empresas sanitarias
Debate sobre si la magnitud de la sanción es proporcional a la infracción
Diferencias en la naturaleza técnica de ambos servicios que podrían justificar sanciones distintas
Generado el 8 jul 2026
Cambios acumulados
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Oficio N° OO.PP./2/2022, de 5 de abril de 2022, en cumplimiento de lo prescrito en el inciso segundo del artículo 36 bis del Reglamento del Senado.. Archivado
Primer trámite constitucional
Senado
7 AGO 19
Hace 6 años
Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Obras Públicas