El proyecto excluye de la jurisdicción militar el conocimiento de delitos comunes cometidos por militares, entregando estos casos a los tribunales ordinarios de justicia. Busca limitar la competencia de los tribunales militares solo a delitos estrictamente militares, alineándose con estándares internacionales de derechos humanos.
Chile tiene una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Palamara Iribarne, 2005) que ordena limitar la jurisdicción militar a delitos de función. El Código de Justicia Militar actual, sin cambios estructurales desde 1925, permite que tribunales militares juzguen delitos comunes (como violencia sexual) cometidos por militares, lo que afecta el debido proceso y la imparcialidad. Esta reforma busca cumplir obligaciones internacionales y garantizar que delitos comunes sean juzgados por la justicia ordinaria, asegurando mayores garantías procesales y protección de derechos de las víctimas.
Generado el 8 jul 2026
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