El proyecto propone que las deudas por pensiones de alimentos adeudadas a descendientes se paguen en primer lugar cuando un deudor se declara en quiebra o sus bienes se ejecutan judicialmente. Actualmente, estas deudas no tienen prioridad en el orden de pago, dejando a niños, niñas y adolescentes sin protección efectiva ante la insolvencia del alimentante.
Aproximadamente el 60% de las pensiones alimenticias decretadas por tribunales no se pagan. Cuando un deudor se declara en quiebra, las deudas de alimentos quedan sin protección legal en el orden de prelación de créditos, lo que impide que niños y adolescentes reciban lo necesario para su subsistencia. Priorizar estos créditos garantizaría que los recursos disponibles se destinen primero a cubrir necesidades básicas de los menores, como alimentación, vestuario y educación.
Generado el 8 jul 2026
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