El proyecto modifica la definición legal del delito de violación para que se base en la ausencia de consentimiento de la víctima, en lugar de exigir que se demuestre resistencia física. Además, establece que el silencio o la inacción no constituyen consentimiento, y presume la falta de consentimiento cuando la agresión sexual es cometida por más de una persona.
Actualmente, la ley penal chilena exige que la víctima demuestre que se resistió físicamente para que se configure el delito de violación. Esto ha permitido que agresores queden impunes cuando la víctima no puede o no logra resistirse. El proyecto busca alinear la ley con estándares internacionales de derechos humanos (como la CEDAW) y reconocer que la violación es una vulneración de la autonomía y libertad sexual de la persona, no solo un acto de violencia física. Esto es especialmente importante en casos de agresiones en grupo, donde la asimetría de poder hace que la resistencia sea prácticamente imposible.
Generado el 8 jul 2026
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