Exige medidas de seguridad para la práctica del montañismo y establece sanciones en caso de incumplimiento de las mismas
Origen: Moción parlamentaria Ingreso 3 ene 2017 Última actividad Hace 1 años Actualmente en: Camara de Diputadas y Diputados Etapa actual: Primer trámite
En simple
Resumen del proyecto
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Qué propone
El proyecto obliga a quienes practican montañismo a usar medidas de seguridad específicas (equipo, chequeos médicos, rutas autorizadas) para proteger su vida e integridad física. Quien no cumpla estas medidas enfrenta multas de 20 a 50 Unidades Tributarias Mensuales, y el doble si intenta ascender por lugares no habilitados.
A quién afecta
Montañistas y practicantes de deportes de montaña
Autoridades de rescate y servicios de emergencia
Parques nacionales y áreas protegidas
Por qué importa
En Chile ha habido varios accidentes fatales en montañas (como en cerro Provincia), que generan grandes esfuerzos de rescate con recursos públicos. El proyecto busca reducir estos riesgos mediante medidas preventivas obligatorias y responsabilidad individual, estableciendo una cultura de seguridad en el montañismo y protegiendo tanto a los deportistas como a los equipos de rescate.
Principales objeciones
Falta claridad sobre cuáles son exactamente las medidas de seguridad obligatorias (quedan pendientes en un reglamento futuro)
Las multas podrían afectar desproporcionadamente a personas de menores ingresos
No especifica quién fiscaliza el cumplimiento ni cómo se verifica en terreno
Podría desincentivar la práctica del montañismo sin garantizar que las medidas sean efectivas
Generado el 8 jul 2026
Cambios acumulados
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