El proyecto elimina las penas de cárcel para quienes transmitan radio sin licencia, reemplazándolas por multas de 1 a 3 UTM. Mantiene la prohibición de radiodifusión no autorizada, pero la trata como una falta administrativa en lugar de un delito penal.
Busca alinear la legislación chilena con estándares internacionales de derechos humanos sobre libertad de expresión. Organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han señalado que las penas de cárcel por radiodifusión sin licencia son desproporcionadas y que las sanciones administrativas son suficientes. El cambio reconoce que la libertad de expresión es un derecho fundamental necesario para la democracia, pero mantiene regulación sobre el uso del espectro radioeléctrico.
Generado el 8 jul 2026
Generado el 8 jul 2026