BOL. 8914-11ArchivadoSaludProtección del Consumidor
Modifica D.F.L N° 1, de 2006, del Ministerio de Salud, con el objeto de hacer obligatoria, para las instituciones de salud previsional, la devolución al afiliado del saldo acumulado en su cuenta corriente individual de excedentes, al cabo del tiempo que prescribe.
Origen: Moción parlamentaria Ingreso 30 abr 2013 Última actividad Hace 8 años Actualmente en: Senado de la Republica Etapa actual: Primer trámite
En simple
Resumen del proyecto
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Qué propone
El proyecto obliga a las Isapres a devolver automáticamente a sus afiliados el dinero acumulado en sus cuentas de excedentes de salud que no hayan usado en un año. La devolución se haría mediante cheque en abril del año siguiente, sin necesidad de que el afiliado lo solicite.
A quién afecta
Afiliados a Isapres
Instituciones de salud previsional (Isapres)
Por qué importa
Desde 2009, los afiliados a Isapres acumulan excedentes de cotización en cuentas individuales que pueden usar para gastos de salud. Sin embargo, estos fondos (que superaban los 58 mil millones de pesos en 2012) frecuentemente no se utilizan o se gastan en prestaciones de dudosa utilidad promovidas por las Isapres. El proyecto busca que los afiliados recuperen el control sobre su dinero: si no lo usan en un año, se les devuelve automáticamente, evitando que las Isapres continúen lucrando con estos recursos que les pertenecen a los cotizantes.
Principales objeciones
Las Isapres podrían argumentar que la devolución automática afecta su modelo de negocio y la disponibilidad de fondos para financiar prestaciones de salud
Podría haber tensión sobre si los afiliados deberían tener libertad total para usar estos fondos o si deben limitarse a gastos de salud
Generado el 8 jul 2026
Cambios acumulados
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Se archiva el proyecto de ley, a solicitud de la Secretaría de la Comisión de Salud, mediante Oficio N° 18-S, de 12 de marzo de 2018; conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 36 bis del Reglamento del Senado.. Archivado