Aprobación del literal e), que se incorpora en el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 17.344, contenido en el número 3, de la letra a) del artículo 4° del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 4.808, sobre Registro Civil, estableciendo que el apellido de la madre anteceda al del padre, con segundo informe y nuevo segundo informe de la Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género. (discusión en particular). (Boletines Nos 3.810-18 y 4.149-18, refundidos).