Aprobación en general del proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señoras Allende y Pérez San Martín y señores Espina, Harboe y Letelier, en primer trámite constitucional, que deroga los numerales 1.° y 2.° del artículo 497 del Código Civil, relativos a la incapacidad de ciegos y mudos para desempeñar toda clase de tutelas o curatelas, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. (Boletín N° 9.409-07).