Aprobación inciso final del art. 2º bis propuesto por el artículo único del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que reemplaza los artículos 2° bis y 9° de la ley N° 19.451, que establece el modo de determinar quiénes pueden ser considerados donantes de órganos, con segundo informe de la Comisión de Salud (Boletín Nº 7.849-11).