Se vota la proposición de la Comisión de Trabajo y Previsión Social referida al inciso tercero, nuevo que se agrega al artículo 92 bis del Código del Trabajo. Este inciso nuevo establece que \"Cuando los servicios prestados se limiten sólo a la intermediación de trabajadores a una faena, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 183 A, debiendo entenderse que dichos trabajadores son dependientes del dueño de la obra, empresa o faena\". SE APRUEBA DICHA PROPOSICIÓN.