En el proyecto de ley que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior, se vota la letra f) del artículo 7º, que señala que la Comisión Nacional de Acreditación debe informar al Ministerio de Educación en todos aquellos casos en que, como resultado del proceso de acreditación, la Comisión tome conocimiento de que una institución, carrera o programa evaluado presenta deficiencia...\". SE RECHAZA POR NO REUNIR EL QUÓRUM DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL.