Enmienda propuesta por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento al artículo 119 ter, contenido en el artículo 1º Nº 3, del siguiente tenor: Tampoco podrá excusarse si es inminente el vencimiento del plazo establecido en la causal del numeral 3) del inciso primero del artículo 119.